Texto de Franz Brentano : Propuesta de una reforma de la teoría de las categorías

fuente: http://dadun.unav.edu/bitstream/10171/36851/1/Documento%20Brentano%2047-2.pdf

DOCUMENTO

Este dictado de Brentano, de fecha desconocida, lle- vaba como título original “Teoría de las categorías, última versión” (Kategorienlehre, letzte Fassung) y fue publicado por vez primera con el título que ahora lleva (Versuch zur Reform der Aristotelischen Katego- rienlehre) por Alfred Kastil en su recopilación de los escritos y dictados brentanianos sobre las categorías: Franz Brentano, Kategorienlehre. Mit Einleitung und Anmerkungen herausgeben von Alfred Kastil (Felix Meiner Verlag, Hamburg, 1933) 113-129. A pesar del título original, ciertas tesis que en este escrito se defienden fueron luego abandonadas o puestas en tela de juicio por su autor, por lo que el editor alemán, confrontándolo con otros escritos posteriores, piensa que tuvo que ser dictado antes del mes de septiembre de 1914. El ensayo constituye una muestra excelente del ingente esfuerzo que llevó a cabo Brentano por repensar la doctrina aristotélica de las categorías, tra- tando de purificarla y corregirla de cuantos errores creyó advertir en ella.

J.J. G. N. y R. R.

PROPUESTA DE UNA REFORMA DE LA TEORÍA DE LAS CATEGORÍAS

Propuesta de una reforma de la teoría aristotélica de las categorías

Traducción de Juan José García Norro y Rogelio Rovira

FRANZ BRENTANO

Universidad de Münster

C omo le ocurre a otros términos científicos, a lo largo de la his- toria el término categoría ha experimentado múltiples trans- formaciones de su significado. Por lo común, estas transfor-

maciones están relacionadas con cambios en la teoría, como, por ejemplo, la polarización de la luz. Pero algunas veces el desconoci- miento del sentido usual previo conduce a un nuevo uso arbitrario en el que apenas hay parecido o relación entre lo que ahora se llama así y lo que antes recibía ese nombre. Precisamente es patente que esto es lo que ha ocurrido con el nombre de categoría.

Especialmente Kant trastocó completamente su sentido. Que se daba en él un desconocimiento del sentido originario se muestra en que Kant mismo se engañó al creer que la lista aristotélica de las categorías servía al mismo proyecto que la suya. Según él, Aristóteles estaba tratando de reunir los conceptos primitivos (Stammbegriffe) del entendimiento puro, cuando la verdad era que Aristóteles nada sabía de tales conceptos y, por el contrario, atribuía a las categorías, como al resto de los conceptos, un origen empírico.

Los filósofos anteriores se habían desviado poco en el uso de la palabra categoría de su significado originario, aunque la lista de los diez miembros mencionados por Aristóteles (si bien es verdad que

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solo ofrece la enumeración completa una o dos veces) había apare- cido ya en una forma más abreviada en la Ética a Eudemo. Posterior- mente se halla una enumeración más resumida en los estoicos1 y en Plotino, que dirige numerosas observaciones críticas contra algunos de los miembros de la serie aristotélica2.

Con todo, no es aconsejable tener exclusivamente presente a Aristóteles si se pretende hacer comprensible la división completa.

2. Es cierto que Aristóteles creía que en cada categoría se presentaba un ente en un determinado sentido, de manera que, al hacer la divi- sión, pretendía distinguir otros tantos sentidos del ente.

También es cierto que no aspiraba a agotar, en su enumera- ción, todos los sentidos del ente.

Así cree conveniente hablar de la división de las categorías solo después de haber tratado de los múltiples sentidos del ente y tras haber puesto de relieve los otros equívocos del nombre.

Que el ente se diga de muchas maneras, en cierto sentido ya había sido enseñado por Platón, que había separado el ente (o)/n) del no ente (mh\ o)/n) y también de este había dicho que era. De esta manera, según Platón, el no ente aparece también como un o)/n, pero naturalmente en otro sentido.

Aristóteles lleva en este punto la investigación mucho más allá hasta reconocer una multiplicidad de sentidos inapropiados del término.

Sostiene que a veces una cosa es nombrada no con relación a su propio ser, sino con relación a un ser distinto casualmente asociado con ella. Como cuando se dice que un cuerpo está aquí, cerca de mí. Pero este “estar cerca de mí” no es un ser por virtud del cual él es en tanto que cuerpo. Aristóteles denomina a este caso de un ente impropio el caso de un o)/n kata\ sumbebhko/j. Este sentido queda excluido cuando pasa a la división de las categorías.

  1. Su designación de las categorías como ta\ geniw/tata dista de ser inadecuada. Sin embargo, cuando convierten a la materia en la primera categoría y a la materia informada en la segunda, muestran ya con ello una comprensión imperfecta de la finalidad de Aristóteles. Cf. Trendelenburg, Zur Geschichte der Kategorienlehre.
  2. Cf., sobre su desafortunado intento de mezclar la teoría aristotélica con el pensa- miento platónico, Trendelenburg, op. cit.

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Asimismo afirmó que a veces ocurre que nos servimos de la ex- presión “es” cuando queremos decir que un juicio es verdadero. En vez de decir que es verdadero que un cuadrado redondo no puede existir, decimos que hay o existe la imposibilidad de un cuadrado redondo. Aristóteles denomina a este ente en sentido impropio uno)/n w(j a)lhqe/j. También este sentido queda excluido cuando se pone a dividir las categorías.

Igualmente Aristóteles encuentra que, de la misma manera que a veces decimos de una persona que ve, aunque en este momento tenga los ojos cerrados, en oposición a una persona ciega, a la que le falta también la capacidad de ver además del ver actualmente exis- tente, así, generalizando, podemos denominar ente a algo a causa de su mera capacidad de ser. A esto lo denomina un duna/mei o)/n. También los duna/mei o)/nta quedan excluidos de lo que debe ser considerado como una de las categorías, si bien cada duna/mei o)/n, por su relación al ente para el que es capaz, se sitúa en el lugar que a este le corresponde en la división categorial.

Algo similar se puede decir de lo que designamos con un nombre abstracto a diferencia de lo que designamos con un nombre concreto. Tiene una relación con él. Si lo designado con el nombre concreto es el ente actualmente efectivo, entonces el acto (Wirklichkeit), como el duna/mei o)/n, también es, por así decir, en él, y son ambos entes en sentido impropio. Y será clasificado, cuando el ente en acto sea clasificado, y quedarán situados en relación a cada uno de los miembros de la división bajo el que se encuentra el correspon- diente ente en acto.

3. Después de haber dejado a un lado todos estos entes en sentido impropio, Aristóteles prosigue realizando una nueva distinción de los múltiples sentidos del ser, que es precisamente la distinción de las categorías. Enumera diez clases: quididad (Wesen), cualidad (bajo la que incluye cualidad sensible, figura, hábito y disposición, y fuerza [du/namij]), cantidad, dónde, cuándo, hacer, padecer, relación, po- sición y llevar puesto (e//(cij o e)/xein). La posición es ejemplificada mediante: está de pie, está sentado; el llevar puesto, mediante: está calzado, está armado.

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Es evidente que aquí se está tratando con determinaciones que están dadas en acto y que se atribuyen a un sujeto. Pero el sujeto al que se atribuyen es un individuo de la primera categoría, una qui- didad. Pertenecen a la primera categoría, además de las quididades individuales, las determinaciones generales que pertenecen a sus de- finiciones. Todas ellas son entes en sentido propio. Los entes que pertenecen a las restantes categorías, por el contrario, solo pueden llevar el nombre de entes en sentido impropio, en tanto en cuanto que son algo que corresponde al ente en sentido propio. En su indi- vidualidad, están condicionados por este, pero no a la inversa.

De las nueve clases que contienen al ente en el sentido impro- pio, dice Aristóteles que unas son entes en sentido más impropio que otras. Esto es porque en algunas la referencia (Beziehung) es más lábil que en otras, por ejemplo, la relación con otra cosa puede dejar de ser si cambia algo, no en la sustancia, sino solo en aquella otra cosa.

Vemos también que a veces Aristóteles reúne varias categorías en un concepto clasificatorio más amplio. A veces, une las nueve bajo el nombre de sumbebhkoj/ ; otras veces, el dónde y el cuándo comota\ en/) tini. En otras ocasiones, la cantidad y la cualidad como acci- dentes inherentes, hacer y padecer, como movimiento. También parece que reúne distintas clases como metacu\ o)/nta, y especialmente el hacer y el padecer, y también el hábito, los cuenta aquí. También pensó quizá que la relación y la posición pertenecían a este tipo.

A la vista de todo esto, parece innegable que considera las nueve clases accidentales como determinaciones concretas actual- mente existentes que corresponden a la sustancia sin pertenecer a su quididad, de manera que pueden desaparecer sin que esta quididad individual aparezca como otra.

4. Si contemplamos ahora la amplitud de todo lo que aquí está en cuestión, vemos fácilmente que Aristóteles no podía culminar su tarea porque su concepción de lo que es una sustancia actualmente existente estaba lastrada por varios errores. Se equivocaba al afir- mar que la cualidad sensible de un cuerpo, al igual que su lugar, tiempo, cantidad y figura no constituyen distinciones sustanciales. Se equivocó además cuando pensó que ninguna parte de una reali-

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dad actualmente existente podía ser llamada tampoco una realidad actualmente existente. Como es natural, todo esto tuvo su influjo en la división.

5. Teniendo presentes estos errores, a los que pertenece también el que no pueda haber un accidente que sea sujeto de otro accidente, y sin perder de vista, por lo demás, el ámbito completo que Aristóteles tenía ante sí, renovemos su intento divisivo.

Como hizo Aristóteles, dejamos a un lado los casos en los que el sujeto último no es una sustancia, sino una carencia de sustancias3. No obstante, no debemos pasar por alto aquellos casos en los que el sujeto es una sustancia unitaria que puede dividirse en una multi- plicidad de sustancias actualmente existentes, como hizo Aristóteles cuando no las tuvo en cuenta simplemente porque no creía que las hubiera. Como descubriremos, estas dan lugar a clases especiales de predicados actualmente existentes.

6. La primera categoría está constituida evidentemente también, según nosotros, por la sustancia. A las determinaciones sustanciales pertenecen, como ya se ha dicho, mucho de lo que Aristóteles consi- dera como un accidente. Así, la cualidad sensible, el lugar4, el tiempo continuamente cambiante.

Pero, si el lugar es una diferencia sustancial, también la canti- dad espacial, la figura y la posición han de ser consideradas, en cierto modo, como determinaciones sustanciales. Y es que tan pronto como el lugar de un cuerpo queda determinado exactamente, parte por parte, entonces quedan nombradas todas las demás determina-

  1. Parece, sin embargo, que no fue consecuente, pues consideró el número como un tipo de cantidad.
  2. Tenemos que distinguir entre la determinación local como tal y la determinación relativa de tal lugar en referencia a otros lugares, ya conocidos, de ciertos cuerpos distintos del sujeto, como, por ejemplo, si digo que alguien está en cierta ciudad, en una determinada casa. Si se eliminase la casa, permanecería su lugar todavía exactamente el mismo. El lugar solo desaparecería cuando la persona se moviese, y cambiaría también cada vez que la persona se detiene o se mueve en una deter- minada dirección con una velocidad dada. Algo similar acontece respecto de la determinación temporal.

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ciones sustanciales, tales como la cualidad mediante su unidad con el lugar parte por parte, y se dan ya todas a la vez implícitamente. Se podría hablar, sin embargo, igualmente de las relaciones que se dan entre las partes reales de un todo real y que dan lugar a una cierta denominación intrínseca de dicho todo. Volveremos a este punto más adelante.

Naturalmente nunca se debe olvidar que las determinaciones sustanciales corpóreas que aquí he citado como presentes en nuestra percepción, solo se nos dan fenoménicamente5 y está en cuestión su existencia actual como realidades. Pero esto no debe impedirnos considerarlas como determinaciones de la primera categoría.

7. Después de la primera categoría, la de la sustancia, vienen los accidentes en sentido estricto, que son los que expresan algo de la sustancia absolutamente (no de forma meramente relativa a otra cosa) e intrínsecamente (no meramente designándola desde el exterior).

A tales accidentes parece pertenecer, por ejemplo, el hábito de un saber o de una virtud, que nunca es aprehendido intuitivamente, sino, más bien, deducido cuando experimentamos el ejercicio de los actos correspondientes. Pues nosotros no tenemos una intuición de los hábitos, de modo que solo disponemos de sus determinaciones subrogativas como, por ejemplo, cuando decimos que este hábito hace posible el ejercicio perfecto, frecuente y no entorpecido por ninguna dificultad, de los actos correspondientes. Aristóteles los in- cluye en su categoría de la cualidad.

8. Distinguimos esta clase de accidentes absolutos de una segunda clase de accidentes que, en cierto modo, competen imperfectamente

5. Igual que hay modos de juicios y modos de sentir emocional, hay asimismo modos de la representación. A estos pertenecen los modos temporales (presente, pasado, fu- turo con múltiples distinciones) y la diferencia entre el modus rectus y los modi obliqui.Cuando nos representamos a un sintiente en el modus rectus, nos representamos lo sentido por él en el modus obliquus. Cuando conocemos a un sintiente in modo recto,conocemos lo sentido in modo obliquo. Esto también se puede expresar diciendo que se le adscribe un ser fenoménico, como aquello que se conoce en un modus praeteritifuturi, un ser pasado o futuro. Como a estos, tampoco al ser fenoménico hay que denominarlo “ser” en el sentido propio de la palabra.

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al sujeto. Mientras que los que hemos mencionado antes son sus- tentados exclusivamente por el sujeto y, por así decir, inhieren en él hasta el punto de que, para ser eliminados, deben ser destruidos mediante alguna causa, en otros accidentes, en cambio, se pone de manifiesto que solo se dan en el sujeto mientras una causa actual- mente existente los mantenga en él. En el mismo momento en que aquella cesa de actuar, cesan también los accidentes en el sujeto. Encontramos estos accidentes, por ejemplo, en el sentir y también en todo tipo de pensamiento superior. Queremos designar a estos accidentes, siguiendo a Aristóteles, como un pa/sxein (padecer). Si bien el hábito no pertenece a este tipo de accidente, sí pertenece a él el surgimiento del hábito, pues también para este surgimiento es necesaria una causa actualmente existente fuera del sujeto.

En la medida en que tal pa/sxein es sustentado por el sujeto de modo menos perfecto, la sustancia que actúa aparece siempre como un apoyo y, en cierto sentido, como un sustentador, de aquel pade- cer y, por tanto, en cierto modo, le corresponde ese padecer también a ella y, en alguna forma, está también en ella. Aparece también como un accidente de la sustancia actuante, aunque en un sentido esencialmente distinto. Lo que hemos llamado un padecer respecto de la sustancia receptora, lo denominamos un hacer (poiei=n) res- pecto de la sustancia que actúa.

A partir de las explicaciones dadas, se comprende por qué Aris- tóteles con buenas razones no quiso considerar el pa/sxein ni elpoiei=n como relaciones. Se tienen en este caso en la sustancia un sustentador absoluto, aunque por sí solo no sea suficiente y se re- quiera otro sustentador para que se dé el accidente.

9. Tras las determinaciones absolutas actualmente existentes, las in- herentes y las que son sustentadas con la ayuda de otro sujeto, vienen las determinaciones relativas de una sustancia en relación a otra. Estas no expresan nada que no esté totalmente incluido en la reu- nión de ciertas determinaciones absolutas que corresponden a una u otra sustancia. Ofrecen la determinación que en una puede ser considerada un correlato in recto, mientras que en la otra lo es in obliquo. Esto es por lo único por lo que no cabe decir que el sujeto

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de la predicación no es ya una sustancia, sino un colectivo de sustan- cias. Y, como un colectivo de sustancias puede cesar de ser sin que una sustancia de ellas cese de ser o sea alterada de algún modo, así también una determinación relativa puede perderse sin que cambie algo en la cosa que la tenía. Como Aristóteles dice, estas determina- ciones actualmente existentes pertenecen todavía mucho menos a la realidad de una sustancia.

10. Con estas determinaciones relativas están estrechamente rela- cionadas otra clase de determinaciones. Esta es la clase de las de- nominaciones que vienen de fuera (denominationes extrinsecae). Es fácil hacer intuitiva la división mediante ejemplos. Si digo que una sustancia es similar a otra, el ser similar de la primera sustancia co- rresponde al ser similar de la segunda. Pero si digo que una sustancia es similar a otra sustancia que piensa o que quiere algo, en este caso se nombran determinaciones accidentales de aquello que es similar a lo llamado similar, que, como tales, no caracterizan ni absoluta ni relativamente algo que se encuentre en él. Y así también, cuando digo que un cuerpo está junto a un abeto o a un perro caniche. Si hubiera dicho que está junto a algo que se encuentra junto a él, entonces habría afirmado una relación. Pero en este caso pretendo, de algún modo, ofrecer distintas determinaciones absolutas, no del sujeto del que trato, sino de aquel que yo pongo en relación con él.

Si digo: “A es menor que B”, entonces al ser menor de A co- rresponde el ser mayor de B. Pero si digo que una persona está en el mercado, entonces se fijan una serie de determinaciones de aquello con lo que pongo a la persona en relación local que, como tales, no tienen nada que ver con el lugar, sino que ofrecen propiedades absolutas de otra cosa y que no tienen ni siquiera un significado rela- tivo atribuidas a esa persona. Si considerase solo el correlato propio, entonces desaparecería mucho de lo que he expresado, pero lo que puramente yo le atribuyo a esa persona le es totalmente extrínseco. Asimismo si digo que A se parece a cierta persona que estuvo con- migo ayer, que tiene una fortuna de 100.000 táleros, una familia de cinco hijos y que está a punto de ser nombrado ministro, esto no es una simple relación de semejanza, sino que se trata de una serie de

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determinaciones que nada tienen que ver con la semejanza, y que pertenecen más a aquel con el que comparo el sujeto que al sujeto mismo del que hago una afirmación. Para este son meras denomina- tiones extrinsecae.

Ya he observado anteriormente que, gracias a una cierta analo- gía con estas denominationes extrinsecae, cabe hablar asimismo de unadenominatio intrinseca, cuando se trata de una sustancia real que está compuesta de varias sustancias actualmente existentes. Por ejemplo, si digo que alguien está cabeza abajo, o sentado, o tumbado. Se trata, en este caso, de determinaciones relativas de unas sustancias par- ciales con otras que son expresadas mediante un atributo predicado del todo.

11. Para completar lo dicho, hay que tener también en cuenta el hecho de que no solo la sustancia puede ser sujeto de un accidente absoluto, sino también un accidente absoluto puede ser sujeto de otro accidente absoluto.

Este hecho guarda relación, además, con diversas consecuen- cias respecto de las determinaciones relativas, que son fáciles de deducir6.

12. Adviértase también que Aristóteles asignó, en cierto modo no sin razón, ciertos tipos de pa/sxein a otra categoría. Una cualidad que se genera es, en su generarse, una pasión, pero, no obstante, pertenece también en cierto modo a la categoría de la cualidad.

Si es correcto que Dios conserva en su ser a todas las sustancias creadas mientras subsisten, entonces ello muestra que estas sustan- cias, al igual que el pensar en nosotros, están sostenidas en cierto

6. También las determinaciones relativas se dan en la sustancia, en parte, inmedia- tamente y, en parte, por medio de uno o incluso varios accidentes absolutos. Es más, también las determinaciones relativas pueden fundarse en determinaciones relativas. Si digo que un león es idéntico por esencia a otro león, entonces el fun- damento inmediato es la sustancia del león; si digo que se asemeja en fiereza a otro león, entonces el fundamento es la actividad de la fiereza. Si digo que un león se asemeja por completo al otro león respecto de la fiereza del mismo modo en que uno de los dos ciervos que persiguen se asemeja al otro en el miedo, entonces una relación constituye el fundamento de la otra.Ω

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modo por una causa y, por ello, en alguna medida habría que llamar a toda sustancia creada un pa/sxein. Esto puede mostrar qué hay de verdad en la observación de Descartes según la cual solo Dios es sustancia en el pleno sentido de la palabra.

13. Hasta donde alcanza nuestra experiencia, en el ámbito de los fe- nómenos físicos no encontramos ni un accidente absoluto inherente ni un accidente absoluto sustentado con ayuda y por influjo de otro sujeto. En cambio, hallamos por doquier, naturalmente, accidentes relativos, con la única diferencia de que lo físico, debido a la falta de evidencia de la percepción externa, se nos da inmediatamente solo de modo fenoménico. Pero tenemos toda la razón en admitir que en la realidad existen, se generan y perecen cosas espaciales, cualitativamente análogas también a nuestros fenómenos físicos cualitativamente determinados, que estas cosas están en reposo y se mueven, y que en ambos casos padecen un cambio temporal real, y que por ello no falta tampoco un pa/sxein, aun cuando este haya quizá que asignarlo igualmente a la categoría de la sustancia. También serían pensables análogos a los accidentes psíquicos en el ámbito corpóreo, mientras que nuestros accidentes psíquicos son inequívocamente espirituales.

14. De accidentes absolutos que están en otros accidentes absolutos ofrece muchos ejemplos nuestro ámbito psíquico. Así, cuando yo primero solo me represento un objeto y luego también lo acepto o lo rechazo, o lo amo o lo odio. Asimismo, cuando solo nos está realmente presente en el espíritu el resultado de una prueba mate- mática, pero no el argumento, el juicio antes hecho con evidencia permanece, con la pérdida de esta evidencia, como convicción. Pa- rece individualmente la misma convicción, que solo ha perdido un accidente, a saber, su evidencia. Cuando se infiere una conclusión, el término de la inferencia está determinado, para el conocimiento de la conclusión, por el conocimiento de las premisas, y de ahí que en el conocimiento de la conclusión tengamos una pasión, y el co- nocimiento de las premisas aparezca como sujeto de una acción. Si el conocimiento de la conclusión permanece, mientras que ya no

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se piensan las premisas, entonces este conocimiento no puede ser ya, como es claro, un pa/sxein en virtud de las premisas, y queda por investigar si no hay que llamarlo en absoluto un pa/sxein, sino un accidente inherente al espíritu o un pa/sxein en virtud de otra causa. En general, toda la investigación sobre los accidentes de ac- cidentes se ha de llevar a cabo con gran cuidado. Pues hay múltiples peligros de errar, como lo muestra claramente el que no en todos los casos en que algo es a la vez representado, juzgado y objeto de una emoción, puede ser la representación correspondiente el sujeto del juicio y de la emoción. Así ocurre en el afecto de sensación, donde la representación interna, la percepción y las emociones se interpenetran.

15. Todo lo que en algo real se realiza conjuntamente de modo in- terno pertenece a su realidad, y, por tanto, la sustancia pertenece a la realidad de su accidente, con todas sus determinaciones, así como con su determinación general como sustancia. Pero no sería correcto si alguien dijera que el accidente es algo real en el sentido de la sus- tancia. Contiene el concepto general de la sustancia en su realidad no de otro modo a como contiene las determinaciones sustanciales últimas individualizadoras de la sustancia en su realidad. No es una sustancia, sino algo que, cuando la sustancia se enriquece con nuevas determinaciones, al abarcarla, se da con ella. Puede muy bien com- pararse con el todo de un continuo real unitario, que en sus mitadescontiene algo real, pero que él mismo no es este algo real. La única diferencia es que, en el continuo, también la segunda mitad que hay que añadir a la primera mitad es algo real que constituye conjun- tamente la realidad del todo, mientras que en este caso a las deter- minaciones reales de la sustancia solo se le añaden determinaciones tales que incluyen las determinaciones sustanciales, pero no añaden un segundo algo real completamente nuevo y propio. El concepto supremo bajo el que cae el accidente como tal no es, por tanto, la sustancia, sino un concepto más complejo que incluye el concepto de la sustancia. Así, por ejemplo, el concepto supremo de alguien que rechaza apodícticamente con evidencia, como algo absurdo, un cuadrado redondo es el concepto de un espíritu que juzga, no

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el concepto de un espíritu. De este modo, Aristóteles parece tener razón cuando dice que un accidente no es un ente en el mismo sen- tido en el que una sustancia es un ente. Y también se muestra que, dentro de los accidentes, el concepto del ente es diverso de muchas maneras. Todo accidente que es sujeto de otro accidente no puede ser tampoco, y por la misma razón, con su accidente, un ente en el mismo sentido en que la sustancia puede ser un ente, en el mismo sentido, con el accidente. Por tanto, en este caso los significados y, con ello, las categorías son todavía considerablemente más que lo que ha creído el propio Aristóteles.

16. Aristóteles concibió toda definición de una sustancia de manera uniseriada o monostoijética (monostoichetisch) y vio en la unicidad de la serie descendente el fundamento de la unidad de la definición y de la esencia. Pero esta concepción fracasa debido a la imposibilidad de llegar de este modo a la individuación, y los fenómenos físicos nos hacen intuitiva la individuación recíproca de las últimas diferencias específicas. En Aristóteles, a consecuencia de la homogeneidad de la última diferencia específica, solo había un género de corrupción sustancial (aunque en este caso no se pudo proseguir la doctrina de manera satisfactoria). Una vez que hemos reconocido que las sustan- cias se pueden definir de manera pluriseriada o pleiostoijética (pleios- toichetisch), encontramos que hay muchos y muy diferentes modos de transformación sustancial, y que de ellos forma parte la transforma- ción local tanto como la cualitativa, e incluso propiamente también la temporal. De manera correspondiente, también para el accidente puede haber un múltiple modo de generación y corrupción, de los cuales uno es heteroseriado o heterostoijético (heterostoichetisch) res- pecto del otro. Y en este caso Aristóteles ya había reconocido la verdad. Pues enseñó que un accidente no solo puede ser producido y destruido en el modo accidental que le es propio, sino también por la producción y la destrucción de la sustancia que le subyace.

Que también de determinaciones relativas puede ser propio una generación y una corrupción múltiples, la una por corrupción del término, la otra por corrupción del fundamento, es cosa manifiesta.

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OBSERVACIONES ULTERIORES

17. Lo que he dicho en el número 15 parece requerir una múlti- ple corrección. Si bien es cierto que la relación de la sustancia y el accidente es la de una parte con su todo y que, por tanto, tiene semejanza con la de una parte real del continuo con su todo, existe, sin embargo, una profunda diferencia. Esta diferencia se ha reco- nocido en ese lugar, pero no se ha hecho valer suficientemente. Las determinaciones accidentales que se añaden a las sustanciales tienen semejanza, en cierto aspecto, no tanto con ulteriores partes de un continuo, que se agregan a una parte, cuanto con determinaciones lógicas heteroseriadas o heterostoijéticas, que se encuentran en la definición junto con las de otra serie de diferencias. Lo distintivo es solo que, en las series de diferencias pertenecientes a la defini- ción sustancial, ninguna de ellas puede proporcionar de suyo un individuo, sino que, más bien, solo dan lugar a uno en su unión, mientras que el accidente, que incluye todas las series sustanciales de diferencias y aun une a ellas otras, puede distinguir dos grupos dentro de las series lógicas que le pertenecen. El grupo sustancial, que representa de suyo un individuo, y un grupo accidental, que no lo hace, sino que solo puede llegar a la individualización mediante la unión con las series sustanciales. El individuo al que se llega con ello no es, naturalmente, el mismo que al que ya se había llegado mediante la totalidad de las series sustanciales. Y puede suceder in- cluso sin contradicción que se de un universal por la adición de una serie accidental a la totalidad de las series sustanciales, mientras que las series sustanciales en su totalidad ya habían llegado a una indi- viduación completa. No resulta esto más sorprendente que cuando mediante la adición, no de una serie accidental entera, sino de la diferencia suprema de ella, se da algo universal. Es un universal, con la restricción de que pertenece a una cierta sustancia individual. La individualización del universal dado mediante una serie accidental, que se añade a la totalidad de la serie de las diferencias sustanciales, se produce mediante nuevas series de diferencias accidentales, y esta individualización se muestra heteroseriada o heterostoijética tanto respecto de todas las series de diferencias sustanciales como de esta serie de diferencias accidentales. Si se llega de este modo a un nuevo

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individuo que incluye al individuo sustancial como sujeto, entonces puede ocurrir que él mismo esté unido todavía con nuevas deter- minaciones universales, de modo semejante a como están unidas en él las determinaciones sustanciales con las accidentales, y que estas luego se individualicen mediante nuevas diferencias en tanto que accidentes de un accidente, y así sucesivamente.

Así como de las series sustanciales heteroseriadas o heterostoi- jéticas puede pensarse cada especie hasta la última sin pensar una de las otras según todas sus diferencias, así también pueden pensarse series accidentales hasta su última diferencia específica sin pensar a la vez las series sustanciales de otro modo que según su concepto máximamente universal, o quizás incluso según sus diferencias es- pecíficas superiores. Cuando esto sucede, del accidente no se ob- tiene nunca una individuación, incluso si incluye en el concepto todas sus diferencias accidentales bajando hasta la última especie. En caso contrario, aun a las diferencias accidentales habría que lla- marlas más bien determinaciones sustanciales de una segunda sus- tancia, que se uniría en un todo con la primera de modo semejante a como se componen las distintas partes de un continuo real con una sustancia mayor.

18. Tras lo dicho es claro
a) que el concepto del ente es uno y el mismo para la sustancia,

para todos los accidentes e incluso también para los accidentes de accidentes,

b) que sustancia no dice tanto como “ente en general”, sino un ente tal al que no le corresponden ningunas otras diferencias que las que son imprescindibles para que él mismo, o siquiera solo una parte suya, siga existiendo como individuo.

c) Para el concepto del accidente vale lo contrario: las diferen- cias que contiene son tales que, con su eliminación, el todo, pero no cada parte del todo, quedaría privado de la determinación individual.

d) Lo que de ello resulta para el concepto de un accidente del accidente, no requiere mayores explicaciones.

e) Aunque el accidente es un ente en el mismo sentido en que lo es la sustancia, de la comunidad del concepto supremo no se sigue que

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